top of page
LA CUESTION TERRITORIAL ENTRE LUMO Y GERNIKA (1366-1576)

En 1366, Gernika pasó de ser un simple barrio de Lumo  a lograr la independencia de aquĆ©l, y a tener un amplĆ­simo territorio que ocupaba mĆ”s de la mitad de Urdaibai.  Sin embargo, en 1576 se quedó sin ningĆŗn territorio. ĀæQuĆ© ocurrió? ĀæCómo se llegó a esta decadencia?

 

INDICE

1.- Introducción

2.- 1366. La cuestión territorial en la carta puebla.

3.- 1366. La cuestión territorial en el acuerdo entre la villa y los Meseta de Lumo.

4.- 1451. El reparto territorial en las ordenanzas entre Lumo y Gernika.

5.- Persistencia del conflicto territorial.

6.- El gravĆ­simo incidente de 1565.

7.- 1576. El amojonamiento de la villa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

1.- INTRODUCCIƓN

Durante la Alta Edad Media, Bizkaia era un territorio muy pobre. La superación de esta pobreza endĆ©mica se dio gracias a la lana de oveja castellana ya que para su transporte y exportación a Europa, comenzaron a trazarse varias  rutas comerciales entre Castilla y los puertos marĆ­timos vizcaĆ­nos.

Una de estas rutas era la que desde Durango llegaba hasta el puerto de Bermeo. A medio camino entre estas dos villas quedaba el pequeƱo puerto de Lumo, llamado Gernika. Aquel insignificante puerto, con la llegada de las caravanas de carros  castellanos repletos de lana, se transformó y comenzó  a llenarse de pequeƱos barcos que transportaban lana por la rĆ­a hasta Bermeo. En aquel fondeadero, en pocos aƱos, se levantaron almacenes, algĆŗn  que otro mesón y hospederĆ­a, etc, y se crearon puestos de trabajo, como estibadores, carreteros, herreros, etc., favorecidos por el dinero que comenzaba a moverse en torno al puerto de Gernika.

Los Mezeta dueƱos del puerto y seƱores de Lumo,  no desaprovecharon la ocasión para enriquecerse, ya que comenzaron a cobrar impuestos a todo carro con gĆ©nero comercial que cruzaba Lumo y a todo barco que entraba o salĆ­a del puerto de Gernika. Para ello levantaron una casa renterĆ­a (una aduana) donde se pagaban tales impuestos. 

Pero tambiĆ©n los seƱores de Bizkaia se habĆ­an dado cuenta de lo económicamente apetecible que resultaba el puerto de Gernika. Desde comienzos del siglo XIV y durante dĆ©cadas se va a librar una pugna intensa por el control de ese enclave entre los  Mezeta y los seƱores de Bizkaia.

 

2.- 1366: LA CUESTIƓN TERRITORIAL EN LA CARTA  PUEBLA DE GERNIKA

El puerto de Gernika se separa de Lumo

Los sucesivos seƱores de Bizkaia ansiaban controlar completamente el importantƭsimo eje mercantil que discurrƭa desde la villa Durango hasta la villa de Bermeo, pasando por el puerto de Lumo, denominado Gernika. Los seƱores de Bizkaia controlaban las dos primeras villas, pero no asƭ el tal puerto, perteneciente a la familia Mezeta.

Esta situación la modificó don Tello por las bravas: El 28  de abril  del aƱo 1366, el conde de Bizkaia don Tello, separó por decreto inmediato e inapelable el puerto de Gernika, de la anteiglesia de Lumo y de los Mezeta, para crear una nueva entidad jurĆ­dica: la villa de Gernika.

AdemÔs de lo anterior, Don Tello otorgó a la nueva villa de un gran número de privilegios políticos y económicos, con el objetivo de convertirla en la potencia comercial y política de la comarca.

 

Don Tello dona amplios territorios a la nueva villa.

Estos eran los lĆ­mites de la villa en la carta puebla:

• Desde Gernika a Busturia.

• Desde allĆ­ a Metxikas.

• Desde allĆ­ a Santa MarĆ­a de Idoibalzaga (Rigoitia).

• Desde allĆ­, por Gerekiz y Morga, a Autzagane.

• Desde allĆ­, por Ibarruri, Ajurias y Albiz, a Mendata.

• Desde allĆ­, por Arrazua, Nabarniz y Oma, a Arteaga

• Desde Arteaga a Gernika.

 

 

Pero estos territorios que tan generosamente concedió Don Tello a Gernika, no eran suyos, tenĆ­an dueƱo: Las anteiglesias y los seƱores de dichas anteiglesias, quienes comenzaron a litigar  judicialmente desde el mismo momento en que Don Tello dictara la carta puebla de la villa de Gernika.

 

La iglesia de San Pedro de Lumo

Desde, al  menos, el aƱo 1051 tenemos constancia documental de la existencia de esa iglesia monasterio. Este lugar se compondrĆ­a de un grupo de colonos que dispondrĆ­an de casas, huertos, Ć”rboles frutales, montes con pastos, molinos y ganados, levantados en torno a la iglesia y al cementerio de San Pedro. Con el tiempo , este monasterio se convertirĆ” en una iglesia propia, propiedad de la familia Mezeta de Lumo, quien podĆ­a venderla, enajenarla, etc, exactamente igual que cualquier otro bien material.

Pues bien, en la carta puebla de la villa de Gernika,  Don Tello cedió ese monasterio, con todos sus diezmos y pertenencias, a la villa, a cambio del pago a Ć©l y a sus sucesores, de una renta de 1800 maravedĆ­es anuales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3 - 1366: LA CUESTIƓN TERRITORIAL EN EL ACUERDO ENTRE  GERNIKA Y LA FAMILIA MEZETA

La fundación de la villa de Gernika supuso un gran batacazo económico  y 

polĆ­tico para el linaje de los Mezeta, seƱores tradicionales de Lumo. De golpe y  porrazo, merced al decreto que expidió don Tello aquel 28 de abril del aƱo 1366, los Mezeta perdĆ­an sus derechos sobre el puerto , sobre los diezmos e impuestos que gravitaban sobre San Pedro, sobre una importante cantidad de territorio etc. 

No es de extrañar que hubieran tratado de impedir la creación de esa nueva villa. Pero sus esfuerzos, litigios e intrigas fueron infructuosos . Por esa razón, cambiaron de estrategia: a partir del mismo momento de la creación de la nueva villa, buscaron la forma de obligar a la entonces todopoderosa Gernika a renegociar los privilegios recibidos de don Tello.

Pronto lo lograron, rectificando el cauce del Ćŗnico arroyo que surtĆ­a de agua dulce a la nueva villa,  y que penetraba a ella por detrĆ”s de la iglesia de Santa MarĆ­a, de tal modo  que –desde la modificación del cauce- los vecinos de Gernika  no contaban con una sola gota de agua dulce para beber. Ante una situación tan insostenible, la nueva villa no tardó en llamar a los Mezeta para tratar de solucionar el embrollo. 

AsĆ­, el 15 de junio de 1366, solo 48 dĆ­as despuĆ©s de la fundación de la villa, Juan SĆ”nchez de Mezeta firmó un acuerdo con la nueva villa, en el que , a cambio de dejar llegar el agua dulce hasta el interior de la villa, consiguió  recuperar algunos privilegios y exenciones que don Tello le habĆ­a arrebatado para dĆ”rselos a Gernika.

Merced a ese convenio, Mezeta volvió a adjudicarse para sí y para sus descendientes el derecho a cobrar los impuestos relativos al paso del género comercial y el derecho a levantar una nueva casa rentería para hacerlo.

 

La iglesia de San Pedro vuelve a manos de los Mezeta

 

Del mismo modo, Juan SĆ”nchez de Mezeta, merced a su ventajosa posición de fuerza respecto a Gernika, consiguió arrebatar  a la villa la propiedad del monasterio de San Pedro, aunque habrĆ­a de pagar en adelante a la villa la misma cantidad de dinero que Ć©sta debĆ­a pagar a don Tello por la donación de tal iglesia.

Sin embargo, no consiguió recuperar el Mezeta todos los terrenos pertenecientes a la dicha iglesia, ya que la villa se quedó con las heredades comprendidas desde Iturbe hasta Inchaurraga, y desde allĆ­ hasta Zallo, asĆ­ como las heredades de dicha iglesia  en Gorritiz. 

Por lo tanto, los Mezeta, seƱores de Lumo, recuperaban la casa renterĆ­a y la propiedad de la iglesia de San Pedro,  asĆ­ como varios territorios unidos a dicho monasterio. Pero como la villa de Gernika no dejaba de intrigar para volver a recuperar estos derechos, los Mezeta solicitaron –y lo consiguieron- de los distintos seƱores de Bizkaia, la confirmación de lo firmado en el acuerdo del 15 de junio de 1366. De ese modo, en 1378, don Juan confirmó dicho documento, como luego lo ratificaron Enrique III y Juan II, en 1411.

 

Los ā€œuriauzoakā€ de Gernika en Lumo

A finales del siglo XIV, la situación polĆ­tica y social en Bizkaia era muy turbulenta, ya que  una grave crisis económica sacudĆ­a al seƱorĆ­o. Con esta recesión económica llegaron el hambre y el empobrecimiento de los campesinos. Por su parte, la nobleza rural intentó mantener su nivel  de vida incrementando los impuestos y arrebatando las tierras a los campesinos.

Los campesinos trataron de protegerse de esos abusos solicitando al señor de Bizkaia el permiso para avecindarse en las diferentes villas, a pesar de permanecer ellos mismos y sus propiedades en la jurisdicción de la Tierra Llana. Esto lo consiguieron en 1376 del señor de Bizkaia, Juan I, quien permitió a los campesinos avecindarse en las villas del señorío.

En virtud de tal decreto, una gran cantidad de labradores censuarios se avecinaron en Gernika. Por Lucas Altube sabemos el nombre y la cantidad de esos ā€œurioauzoakā€. Se trataba de unos doscientos caserĆ­os de toda la comarca de Busturialdea, ademĆ”s de alguno situado en Bakio y MurĆ©laga. 

 

4.- 1451. EL REPARTO TERRITORIAL EN LAS ORDENANZAS ENTRE LUMO Y GERNIKA

El ambiente polĆ­tico entre la villa de Gernika y la anteiglesia de Lumo distaba mucho de ser buena. Ninguna de ellas, siempre que habĆ­a ocasión, se resistĆ­a a sacar un largo listado de agravios perpetrados por el vecino. Incluso , cuando  habĆ­a dinero para hacerlo, se querellaba judicialmente contra Ć©l. 

Sin embargo, el 20 de marzo de 1451, la villa y la anteiglesia firmaron unas ordenanzas tendentes a lograr la paz y la concordia entre ellas, cosa nada fĆ”cil por lo anteriormente  comentado.

De ese modo, los concejos de Lumo y de Gernika acordaron y firmaron un capitulado compuesto por trece artículos, en los que se arbitraron desde asuntos económicos hasta los Ômbitos de jurisdicción entre la villa y la anteiglesia, y los límites territoriales entre ambas.

 

5.- PERSISTENCIA DEL CONFLICTO TERRITORIAL

Ni la anteiglesia de Lumo ni los Mezeta  se habĆ­an resignado jamĆ”s a perder los territorios que don Tello habĆ­a donado a la villa de Gernika, y que aquellos consideraban de su exclusiva propiedad. Este afĆ”n por recuperar los territorios perdidos por parte de la anteiglesia, y la tozudez en la defensa de lo consignado en la carta puebla por parte de la villa se mantuvo durante dĆ©cadas. De hecho, desde 1451 hasta el aƱo 1579, que es cuando se da fin a este  litigio, se mantuvieron unos largos y costosĆ­simos pleitos que, como decĆ­a el profesor Francisco Sesmero, arruinaron moral y económicamente a unos y a otros, y mal quistaron voluntades entre ambos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.- EL GRAVƍSIMO INCIDENTE DE 1565

Las relaciones se fueron estropeando hasta que un chispazo, en el año 1565 dio lugar a una gran crisis. El incidente que provocó el chispazo fue el siguiente: Gernika mantenía desde los tiempos de su independencia de Lumo los dominios sobre las ibarras (vegas) de la ría. Lo que ocurría dentro de ellas se consideraba como una competencia de la villa. Tanto Lumo como el Señorío de Bizkaia y otras anteiglesias vecinas habían protestado incesantemente por lo que consideraban una interpretación abusiva de la carta puebla de la villa:

Estando la villa en posesión pacifica desde tiempo inmemorial para guardar las ibarras de la presa y pastos de ellas, y las de Santanahondo, y de prendar los ganados de los vecinos de fuera de la villa que entraban a pacer en las ibarras, por estar en el término y jurisdicción de la villa,(ocurrió...) que Clemente de Olaeta, alcalde ordinario de la villa, juntamente con el fiel y jurados de ella, había ido a prender ciertos bueyes que andaban paciendo en las ibarras. Y los andaban guardando Martín de Goitisolo y Pedro de Madalan, cuyos eran los dichos bueyes (....).

Y los dichos Pedro de Madalan y Martín de Goitisolo se le habían resistido. Y por fuerza habían pasado los bueyes a la otra parte del río, fuera del término y jurisdicción de la villa. (....) y no contentos con lo susodicho (....) los acusados, dÔndose favor y ayuda los unos a los otros y armados de diversas armas defensivas, habían atacado al alcalde por el puente de la rentería de Guernica.

Y le habĆ­an dicho muchas palabras feas e injuriosas, y le habĆ­an tirado muchos botes de lanzas y golpes  de espadas, con los cuales le habĆ­an dado dos golpes  en el pecho y le quebraron la vara de justicia que tenĆ­a en las manos. (...) Y le hubieran matado si no fuera por nuestro seƱor Dios que le habĆ­a querido guardar y algunas personas que les habĆ­an estorbado.

 

Querella criminal de Gernika

La villa interpuso una querella criminal contra los que tomaron parte en la agresión y el desacato a la autoridad. Pero, ademÔs, la villa no estaba dispuesta a que se pusiese en duda su propiedad sobre las ibarras ni sobre ningún otro territorio. Lumo se defendió aduciendo que la villa solo tenía jurisdicción dentro de los muros, pero de poco le valieron las alegaciones porque en 1569 el juez mayor de Bizkaia dictó sentencia a favor de la villa.

Esta resolución no satisfizo las aspiraciones de Lumo y junto con el apoyo del señorío presentó un documento de recusación de la sentencia, y tuvieron que pasar otros cinco años para que se dictara la sentencia definitiva en la que la villa salió perdiendo, por lo que Gernika y su jurisdicción quedaba reducida a la villa, su interior y las casas avecindadas. Ante este panorama, la villa recurrió la sentencia.

 

7.- 1576. EL AMOJONAMIENTO DE LA VILLA DE GERNIKA

La situación comenzaba a parecer enojosa a todo el mundo porque se estaban gastando los fondos en unas batallas legales en las que las tramas burocrĆ”ticas se eternizaban y los resultados no eran del todo satisfactorios para ninguna de las dos partes en litigio. Tampoco las altas instancias  judiciales eran capaces de encontrar una solución clara al conflicto, con lo que Ć©ste se estaba haciendo inmensamente largo, toda vez que –ante cualquier sentencia- la parte que se sentĆ­a perdedora inmediatamente recurrĆ­a el fallo.

AsĆ­ las cosas, las mĆ”s altas instancias jurĆ­dicas  y polĆ­ticas decidieron realizar un nuevo amojonamiento, esta vez claro y definitivo, que despejara las dudas sobre territorios y jurisdicción  que se mantenĆ­an por un amojonamiento antiguo e impreciso, y por unas leyes apenas redactadas, confusas en sus tĆ©rminos y solo parcialmente admitidas por unos y otros.

Y así, el 19 de enero del año 1576, el corregidor del señorío de Bizkaia, Xinés de Perez, se dispuso a ejecutarlo. La fecha elegida, el 19 de enero, víspera de San SebastiÔn, que era por aquella época el patrón de la villa de Gernika, nos llena de dudas. ¿Se trataba de una casualidad, o, por el contrario, era un escarnio contra la villa por parte de quienes conocían de antemano las pésimas consecuencias que tal amojonamiento le traería?.

La villa no podĆ­a aceptar de buen grado el amojonamiento realizado, ya que suponĆ­a, ademĆ”s de una merma absoluta de territorios, un ataque fulminante a su independencia polĆ­tica y económica. Por ello, continuaron pleiteando contra el amojonamiento. Pero todo fue en vano. El SeƱorĆ­o y la anteiglesia de Lumo  no se iban  a dejar arrebatar lo que por otra parte no dejaban de considerar como suyo, no solo moralmente, sino que, desde el amojonamiento, tambiĆ©n legalmente.

Por fin, mediante una sentencia emitida en la audiencia de Valladolid, el día dos de mayo del año 1579, se puso punto y final a la querella y al largo número de recusaciones de una y otra parte, ya que se dictó que tanto la petición de amojonamiento como su ejecución habían sido legales, y ordenaba que cesaran las recusaciones y los alargamientos sobre el tema..

La villa pasó en poco menos de 200 años de ser la principal potencia económica, política y territorial de la comarca, a quedar encerrada en un perímetro ridículo de 30.000 metros cuadrados, constreñida por todas partes por la poderosa anteiglesia de Lumo. La villa entró en una época de depresión social, política y económica que perduraría durante las siguientes décadas.

 

 

ArtĆ­culo recopilado de la Revista Aldaba, nĀŗ 29 ā€œEsplendor y decadencia de Gernikaā€ cuyo autor es Alberto Iturriarte  Martinez, componente de Gernikazarra Historia Taldea.

 

bottom of page